Gobernación pide cancelar la personalidad jurídica de tres asociaciones universitarias

El decreto de cancelación de personerías jurídicas será discutido y aprobado en el plenario de la Asamblea Nacional mañana jueves 20 de enero.

Diputados de la bancada sandinista presentaron una iniciativa de decreto que pide la cancelación de la personalidad jurídica de tres asociaciones universitarias por supuesto incumplimiento de la Ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro.

Las entidades académicas son la Fundación Universidad de Mobile Latinoamérica Campus (FUMLAC), la Asociación Pro Universidad Agropecuaria de la Quinta Región y la Asociación Pro Universidad de Jinotega.

 

“Con fundamento en el informe presentado por el Ministerio de Gobernación y remitido a este poder del Estado, las entidades relacionadas en esta solicitud de cancelación de la personalidad jurídica, han desarrollado sus actividades al margen de la ley y actuando contra ley expresa, lo que implica, que con sus acciones han violado lo establecido en los diferentes cuerpos normativos que les regulan”, señaló un diputado oficialista.

Según la agenda legislativa, el decreto de cancelación de personerías jurídicas será discutido y aprobado en el plenario de la Asamblea Nacional el próximo jueves 20 de enero.

Según Gobernación, la Asociación Pro-Universidad Agropecuaria de la Quinta Región y la Asociación Pro-Universidad de Jinotega, no están inscritas en el Departamento de Registro y Control de Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, pese a que se les aprobó la personalidad jurídica desde 1993.

En el caso de Fumlac, según el informe oficial, se encuentra acéfala desde el 30 de noviembre de 2006 y no ha reportado sus estados financieros correspondiente al período 2004-2020 con sus desgloses detallados, ingresos, egresos, balanza de comprobación, origen y detalles de donaciones, proveniencia y beneficiario final.

Los bienes y acciones que pertenezcan a las dos asociaciones y a la fundación tendrán, previa liquidación, el destino previsto en el acto constitutivo o en su estatuto, y si nada se hubiera dispuesto sobre ello, estos pasarán a ser propiedad del Estado, de acuerdo con la iniciativa.

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