El régimen de Nicaragua envió a la Asamblea Nacional una iniciativa de reforma al artículo 97 de la Constitución Política y a la Ley de la Policía Nacional que conducen a la «institucionalización del Estado policial» en el país centroamericano, afirmó la experta en temas de seguridad Elvira Cuadra.
La iniciativa apunta a cambiar el artículo 97 de la Constitución que establece el principio de que se trata de una “institución profesional, apolítica, apartidista, obediente y no deliberante”.
«La Policía Nacional es un cuerpo armado, subordinado al presidente de la República, encargado de proteger la vida de los habitantes del país, preservar el orden social y el orden interno, garantizar la seguridad de las personas y las instituciones, velar por el respeto de los bienes nacionales, sociales y particulares, ejercer la prevención, persecución, e investigación del delito y prestar el auxilio necesario a las autoridades civiles y judiciales para el cumplimiento del desempeño de sus funciones», señala el texto de la iniciativa filtrado a Divergentes.
Además, establece que la institución policial «depende de la autoridad ejercida por el Presidente de la República, en su carácter de Jefe Supremo y en estricto apego a la Constitución Política a la que guardará respeto y obediencia. En el cumplimiento de sus funciones la Policía Nacional se basa en el protagonismo de las personas, la familia y la comunidad. La organización interna de la Policía Nacional se fundamenta en la jerarquía única y en la disciplina de sus mandos y personal.
Según Cuadra, se trata de un «cambio en el marco jurídico del país en función de legalizar una serie de medidas de política, de seguridad, de naturaleza represiva y de vigilancia sobre toda la sociedad nicaragüense».
Además, esa modificación responde a una «reconfiguración de las instituciones estatales para que respondan a este marco jurídico legal».
«Elimina a naturaleza civil y lo deja solamente como un cuerpo armado y eso de lo que habla es de un aparato o una institución con una forma de organización con un tipo de función y estructura distinta (…) Le da preeminencia a la subordinación directa a la figura de la presidencia», afirma la especialista.
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Por otro lado, la reforma planteada a “Ley de Organización, funciones, carrera y régimen especial de seguridad social de la Policía Nacional (872)”, sugiere la adición de tres nuevos artículos: delitos cometidos por el personal policial, incumplimiento de deberes y por último la deserción que no existe hasta ahora en el marco normativo de la institución.
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«Frente a las deserciones, a las fugas y al descontento que hay lo interno de la institución se está tratando de introducir medidas disciplinarias para presionar a los mismos efectivos y que el aparato policial no se vea reducido en su númeo o capacidades», puntualizó Cuadra.