CPDH recurre ante la CSJ por inconstitucionalidad contra Ley de Agentes Extranjeros

*Representante del organismo de derechos humanos sostiene que el que se considere agente extranjero no puede elevar su voz denunciando los abusos que cometen las autoridades.

Redacción / IP Nicaragua

La Ley de Regulación de Agentes Extranjeros roza con al menos 26 artículos de la Constitución Política de Nicaragua, por lo que la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH) recurrió por inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

La ley aprobada el pasado 15 de octubre, como parte de un combo que incluye la Ley Especial de Ciberdelitos y la reforma para establecer la cadena perpetua, afecta a todo ciudadano nicaragüense o extranjero que califica como agente extranjero y que “percibe fondos, bienes o cualquier objeto de valor” que provenga de gobiernos, agencias, fundaciones, sociedades o asociaciones.

“Es una acción que viene a limitar el trabajo de los defensores de derechos humanos, nos viene a limitar como ciudadano nicaragüense, porque cercena derechos constitucionales que están establecidos”, mencionó Marcos Carmona, secretario ejecutivo de la CPDH.

El defensor de derechos humanos manifestó que la ley limita a toda persona que actúa como “agente extranjero”.

Parte del equipo de la CPDH. Foto: Cortesía.

“Dentro de eso está que nosotros no podríamos inmiscuirnos en la política interna de Nicaragua, aun cuando somos nicaragüenses. Perderíamos ese derecho, no podríamos ejercer u optar para cargos públicos, no podríamos elevar nuestras voces denunciando los abusos que se cometen a la libertad de movilización, derecho a la protesta, es decir, una serie de derechos constitucionales”, señaló Carmona.

El colectivo de derechos humanos de la CPDH acudió a la CSJ acompañado de representantes de la Organización Victimas de Abril (OVA).

Agotar las vías

Según el secretario ejecutivo adjunto de la CPDH, Denis Darce, todo ciudadano que siente que la ley limita sus derechos, puede acudir ante la Sala Constitucional de la CSJ a interponer de igual manera un recurso en los 60 días posteriores, después de aprobada la ley.

De antemano debe tener claro contra quién recurre, que en este caso es contra el presidente de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras, por aprobar la iniciativa y el presidente Daniel Ortega, por enviarla a publicar en La Gaceta.

Una vez presentado el recurso, según Darce, la CSJ tiene un plazo establecido de 105 días para pronunciarse.

Tiene 105 días, (pero) la Corte Suprema de Justicia no cumple sus plazos, tengo varios recursos, entre ellos el de la Ley de Amnistía en agosto del año pasado y después de un año la Corte no se ha pronunciado al respecto”, mencionó.

El agente extranjero que no se inscriba en el Ministerio de Gobernación será objeto de  multas y hasta de la cancelación de la personería jurídica.

Además, la ley señala que las donaciones que recibieron los agentes extranjeros “no podrán ser utilizados para financiar actividades no declaradas previamente” y/o “ejecutarlas sin registrarlas en el portal web”.

“Lo que se pretende con esta ley es cercenar nuestros derechos y tener sometido al pueblo de Nicaragua”, denunció Carmona.

La ley contó con el respaldo de los 70 diputados de la bancada sandinista. Al menos 17 diputados votaron en contra y 4 decidieron abstenerse.

Foto portada: Cortesía CPDH. 

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