El caso de los pueblos indígenas Rama y Kriol, que será llevado esta semana a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) se remonta al año 2013, cuando el Estado de Nicaragua aprobó la Ley 840, relacionada a la construcción del megaproyecto del gran Canal Interoceánico.
El proyecto es una de las grandes estafas del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo valorado en US$50,000 millones.
Violando la Constitución del país centroamericano, la obra se le adjudicó a la empresa Hong Kong Nicaragua Canal Development más conocida por sus siglas HKND Group de Wang Jing, un empresario de quien poco se ha vuelto a saber.
El pueblo indígena Rama y Kriol, así como la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields, fueron excluidos de participar en la toma de decisiones de este proceso a pesar que el 52% de la ruta del Gran Canal atravesaría sus territorios, violando así sus derechos a la autodeterminación, a la propiedad comunal y a un medio ambiente sano.
El pueblo Rama y Kriol está integrado por nueve comunidades indígenas, seis del pueblo
Rama y tres del pueblo Kriol, que habitan en la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur
(RACCS) y en el Departamento del Río San Juan, al sureste de Nicaragua.
Por su parte, la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields es la comunidad afrodescendiente más numerosa de Nicaragua, y su desarrollo histórico se vincula al sincretismo de las sociedades indígenas y afrodescendientes en la Costa Caribe.
Los antecedentes del caso
Con la Ley del Régimen Jurídico del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua, Ley 800, que creó la autoridad del Gran Canal Interoceánico por Nicaragua (GCIN), el Estado nicaragüense otorgó la concesión del proyecto chino sobre tierras indígenas y de afrodescendientes, cuyos pobladores habrían solicitado información sobre el proyecto, y pedido sostener un diálogo previo al procedimiento de consulta.
Pese a que el Gobierno se comprometió a no “expropiar las tierras de estos pueblos ni confiscar sus recursos naturales”, en el año 2016, la Asamblea Territorial del Pueblo Rama y Kriol habría aprobado un Convenio de Consentimiento para arrendar 263 kilómetros cuadrados del territorio de las comunidades por tiempo indefinido a favor de la Comisión Gubernamental a cargo del megaproyecto.
“Algunas de estas comunidades indígenas estarían forzadas a desplazarse de sus territorios tradicionales provocando la pérdida de sus costumbres las cuales están estrechamente ligadas a sus territorios”, denunció el Centro de Asistencia Legal a Pueblos Indígenas (CALPI), que sigue brindando asesoría legal a los pueblos indígenas.
Bangkukuk Taik o Punta Águila en español, es una de las comunidades que conforman el pueblo Rama y Kriol en el Caribe Sur del país que se vería directamente afectada por el por el megaproyecto anunciado por el régimen.
“Sus habitantes son las últimas ramas parlantes del mundo quienes conservan muchas de sus costumbres tradicionales, por lo que autoridades del territorio Rama y Kriol en el año 2015 solicitaron al Estado de Nicaragua información sobre el proyecto y sostener un diálogo previo al procedimiento de consulta. En respuesta a ello el Gobierno se comprometió a no expropiar sus tierras y territorios tradicionales ni confiscar sus recursos naturales, pero no realizó una verdadera consulta”, afirma Calpi en un vídeo en el que exponen la situación.
Audiencia de Corte-IDH: arrendamiento ilegal de tierras
La controversia del caso, que será evaluado por la Corte-IDH este 2 de febrero, versa sobre el incumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado de Nicaragua que está comprometido internacionalmente a proteger y garantizar la integridad física, psíquica y moral, de estos pueblos, y de sus miembros.
Calpi y Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle, Washington, Estados Unidos, acompañan a las autoridades indígenas y afrodescendientes en sus reclamos desde el año 2013, y los representan actualmente ante la Corte IDH.
Se alega que el Estado es “responsable por la violación de los derechos a la propiedad, derechos políticos, igual protección ante la ley, garantías judiciales, protección judicial y el derecho a un medio ambiente sano”.
Antes de elevar el caso en esta instancia, las lideresas y autoridades comunales interpusieron 19 recursos de amparo, desde la aprobación de la concesión del Gran Canal Interoceánico en 2013 y 2020, pero los mismos fueron negados por el sistema judicial nicaragüense.
Debido a la negativa buscaron protección internacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual presentó el caso ante la Corte-IDH en el año 2021 solicitando que se declare la “responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua ante las violaciones de estos derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes”.
Las organizaciones que acompañan a estos pueblos indígenas demandan que el Estado se “abstenga de imponer estructuras paralelas a sus autoridades electas legítimamente como estrategia para la usurpación de territorios ancestrales y tradicionales”.
*Fotos referenciales