Gasto electoral en Nicaragua sin cuentas claras sobre financiamiento y reembolsos

El pasado 25 de septiembre inició en Nicaragua la campaña electoral y dos de las seis organizaciones políticas que participarán en los comicios generales de noviembre confirmaron que ya cuentan con el financiamiento para desarrollar sus actividades y propaganda electoral.

Redacción/ IP Nicaragua

La Ley Electoral, número 331, establece que, los partidos políticos tienen derecho a recibir un reembolso de los gastos incurridos durante la campaña, a partir de una asignación presupuestaria, equivalente al 1% de los ingresos ordinarios del Presupuesto General de la República (PGR). ¿Cuánto es la cantidad de dinero que se les debe reembolsar por los gastos de la campaña?

Los gastos en los que recurren los partidos políticos y alianzas de partidos en las campañas electorales son reembolsados por el CSE, de acuerdo con la Ley Electoral (No.331), pero se autorizan una vez que rinden cuentas bien documentadas del gasto de la campaña ante la Contraloría General de la República, quien posteriormente autoriza los desembolsos al Ministerio de Hacienda para ser entregados a los partidos políticos.

El pasado 25 de septiembre inició en Nicaragua la campaña electoral y dos de las seis organizaciones políticas que participarán en los comicios generales de noviembre confirmaron que ya cuentan con el financiamiento para desarrollar sus actividades y propaganda electoral, que según el Consejo Supremo Electoral (CSE) debe culminar el próximo 3 de noviembre.

El secretario de prensa del Partido Liberal Constitucionalista (PLC) Cristian López, sin especificar el día y el monto recibido, dijo que les fueron desembolsados los préstamos solicitados para la campaña electoral. Por ello, el candidato presidencial del PLC, Walter Espinoza, hizo este fin de semana la apertura de su campaña en el departamento de León.

Mientras que Gerson Gutiérrez Gasparín, candidato presidencial por el partido Alianza por la República (Apre), expresó que el financiamiento se lo entregaron el viernes 24 de septiembre por la tarde, horas antes de arrancar la campaña, lo que limitó realizar algunas actividades que tenían previstas el fin de semana.

“Ya fue contra el cacho para poder iniciar el 25 (sábado), por eso propusimos hacerla este lunes (ayer) en un hotel de Managua, pero nos negaron el permiso. Pero ya estamos en las redes”, manifestó Gutiérrez.

El partido Camino Cristiano Nicaragüense. Cortesía

Fondos públicos en conceptos  de reembolsos

El pasado 24 de mayo, el CSE aprobó el Acuerdo de Mutuo con Garantía de Cesión de Derechos, en el cual a los partidos políticos y alianzas de partidos se les otorga el respaldo, para que puedan optar a préstamos en las instituciones del Sistema Financiero Nacional, teniendo como garantía el reembolso que por gastos de Campaña Electoral eventualmente adquieran en relación a los votos válidos obtenidos y de acuerdo al porcentaje de los mismos.

Al respecto Gutiérrez Gasparín reafirmó que para poder aplicar a los préstamos, el CSE le extendió una cesión de derecho, de respaldo para aplicar a los préstamos, pero pese a ello las financieras también le solicitaron garantías personales.

Para el reembolso de los partidos políticos y alianzas que participe en el proceso electoral se destinó 806.7 millones de córdobas al CSE, según refleja el informe del Presupuesto General de la República 2021. También detalla que se le asignó una partida de 773.4 millones de córdobas para que organice y dirija las elecciones nacionales.

Sin límite para recibir reembolso

La ley señala que el reembolso se hará de acuerdo al porcentaje de votos válidos que haya obtenido en las elecciones, sin detallar el porcentaje límite.

Antes de la reforma de mayo de 2021, la Ley Electoral establecía que el reembolso se otorgaba solo a las organizaciones políticas que hubieren obtenido al menos el 4 por ciento de los votos válidos y de acuerdo al porcentaje de los mismos.

Ahora según la Ley Electoral las organizaciones políticas participantes solo “deben rendir cuenta en forma documentada y detallada ante la Contraloría General del la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Supremo Electoral”.

De acuerdo con el boletín informativo número tres, publicado en el sitio web del CSE, los partidos políticos y alianzas de partidos participantes, llevarán un registro donde se detallen los ingresos y/o egresos efectuados por gastos de Campaña Electoral, identificando la aplicación de cada egreso. Estos registros deberán cumplir con las normas de contabilidad generalmente aceptadas.

Indican que cada gasto deberá ser justificado con el correspondiente comprobante de pago, factura y /o soportes que origina ese egreso y el recibo de caja que lo sustente en su caso.

Deberán presentar tres informes

Las autoridades electorales, orientan que “los informes de ingresos y egresos, sus soportes de gastos y demás documentación, deberán ser presentados ante la Dirección General de Atención a Partidos Políticos del Consejo Supremo Electoral, para su tramitación, suscritos por el representante legal de la correspondiente organización política y por el tesorero o secretario de finanzas”.

Además explican que los informes deberán presentarse debidamente foliados, sellados, revisados y certificados por un contador público autorizado, “este certifica que los conceptos de los ingresos y egresos correspondan a bienes y servicios comprendidos dentro de aquellos establecidos en la Ley Electoral y en la presente regulación, como propios de la Campaña Electoral; los informes deberán suscribirse por el contador quien lo elabora, el administrador financiero quien revisa, y por el representante legal de la organización política correspondiente, quien autoriza”.

Verificado el cumplimiento de este requisito, se recibirá la documentación, revela el boletín informativo. Sin embargo, en caso de incumplimiento indica que se mandará a subsanar. Y advierten que “cualquier retardo que por esta causa afecte al partido político o alianza de partidos, será de su propia responsabilidad. Una vez recibida la documentación de la rendición de cuentas, se remitirá a la Contraloría General de la República”.

Las organizaciones políticas deberán presentar dos informes parciales y un informe final. Las autoridades electorales agregan que “para efectos del reembolso a que se refiere el artículo 86 de la Ley Electoral, se reconocerán los gastos comprendidos desde la convocatoria a las elecciones, hasta el 14 de noviembre del 2021”.

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