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Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) elimina examen psicométrico y de aptitud

La Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) eliminó la prueba psicométrica para las carreras de Ingeniería y el examen de aptitud para la carrera de Arquitectura.

El anuncio lo hicieron público este jueves 31 de noviembre, sin embargo, no especificaron las razones para la eliminación de estos test para los aspirantes a cursar esas carreras en esta alma máter.

“La clasificación para las carreras de Ingeniería y Arquitectura 2024 será definida por el promedio de notas solicitado en el proceso de matrícula”, señala un comunicado de la UNI publicado en la red social X.

Desde 2020, el Consejo Nacional de Universidades (CNU) suspendió la aplicación del examen de admisión en todas las universidades públicas.

En el caso de la UNI, eliminó la aplicación del examen de matemáticas para optar a una de las carreras que ofrece, y solo había dejado para los estudiantes de nuevo ingreso el test psicométrico y el examen de aptitud para que los quisieran cursar la carrera de Arquitectura.

Las carreras con mayor demanda en la UNI son Ingeniería en Sistemas, Industrial y Arquitectura.

Diputados otorgan pleno control al CNU sobre las universidades

La Asamblea Nacional, bajo el control de diputados sandinistas, aprobó este jueves una reforma con la que otorga mayores facultades al Consejo Nacional de Universidades (CNU) sobre las universidades y su personal.

La denominada Ley de Reformas y Adición a la Ley número 89, Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior y de Reformas a la Ley número 582, Ley General de Educación, fue aprobada de urgencia con 91 votos a favor.

Desde ahora quedó establecido que las universidades no podrán proceder «libremente a integrar sus distintos órganos de gobierno y a elegir sus autoridades». Esta facultad corresponderá al CNU, institución dirigida por la orteguista Ramona Rodríguez.

Crearán un Consejo de Dirección

En las universidades estatales, comunitarias e interculturales habrá un Consejo de Dirección integrado por el rector, vicerrector y el secretario, los que serán nombrados por el CNU.

La figura del decano se reemplaza por el de «director por área de conocimiento» que será la máxima autoridad académica y ejecutiva de la respectiva «área de conocimiento», antes llamada Facultad. El antes decano ya no podrá proponer el nombramiento, cancelación o modificación del nombramiento del personal docente ni al rector.

El CNU será el encargado de nombrar las «direcciones de nivel central» que serán instancias encargadas de verificar el cumplimiento de las líneas de trabajo.

La reforma del régimen orteguista establece que el Consejo Universitario ahora estará integrado por este nuevo Consejo de Dirección, directores por área de conocimientos; un representante del movimiento estudiantil por cada área de conocimientos; y dos representantes por cada uno de los gremios, docentes y trabajadores administrativos, los cuales deberán guardar equidad de género.

El CNU contará con un Consejo Consultivo integrado por los rectores de las universidades públicas, incluidas las confiscadas; el presidente de la Unión de Estudiantes de Nicaragua (UNEN); el secretario general de la Federación de Profesionales Docentes de la Educación Superior de Nicaragua (FEPDES) y el secretario general de la Federación de Sindicatos de Trabajadores Universitarios de Nicaragua.

Distribución del presupuesto de las universidades

Corresponderá al rector proponer al Consejo de Dirección el proyecto de presupuesto general para ser enviado al CNU para su aprobación o modificación.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público aprobará la política y distribución de los fondos asignados al CNU y a cada universidad que formen parte del Consejo Consultivo, en cumplimiento con el aporte ordinario del Estado (6%).

La distribución de los fondos considerará el presupuesto per cápita por estudiante, indicación de las modalidades de estudio, mecanismos de entrega de fondos y rendición de cuentas, entre otros.

Además, agregan que las universidades «podrán adoptar la naturaleza jurídica de sociedades mercantiles». Una sociedad mercantil se crea para iniciar una actividad comercial con fines de lucro.

Quitan facultades a la figura rectora

Además indica que el rector o rectora será solo el representante legal de la institución y el ejecutor de los acuerdos del Consejo de Dirección (no Consejo Universitario), el cual preside. El rector ya no recibirá la promesa de Ley de los funcionarios.

La estructura y funcionamiento de los centros regionales dependientes de las universidades «serán determinados por el CNU».

Para esta reforma, los diputados alegan que «la Ley número 89 no contempla el contexto actual de nuestro país de garantizar una educación superior centrada en la persona, la familia y la comunidad».

Por lo que, argumentan, se requiere «reorganizar la estructura orgánica de esta entidad (CNU), fortalecer sus funciones y dotarlos de la capacidad legal para la gestión del modelo en la educación universitaria».

Asimismo, afirman, se requiere «rediseñar la estructura y funcionamiento de las universidades estatales».

Redacción/IPNicaragua

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