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Presidente de la Corte IDH: «Nicaragua se encuentra en desacato permanente»

El presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), Ricardo Pérez Manrique, expuso este miércoles, ante el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), que este organismo ha adoptado ocho medidas provisionales y su presidencia dos medidas urgentes frente a las violaciones de derechos humanos que han sufrido opositores presos en Nicaragua, pero que «el Estado de Nicaragua no ha acatado ninguna y ha invocado al derecho interno para incumplir».

Pérez concluyó que «la situación de desacato permanente del Estado de Nicaragua y la desprotección absoluta de los beneficiarios».

Por eso pone en conocimiento del Consejo Permanente para los diferentes organismos que integran la OEA den «la respuesta adecuada que ustedes determinarán respecto a la gravedad de la situación que hay en este caso».

La Corte IDH sigue teniendo competencia sobre Nicaragua

El régimen orteguista, denunció la Carta de la OEA, el 19 de noviembre de 2021, con lo que inició su proceso de salida del organismo.

Sin embargo, Pérez destacó que «si bien Nicaragua notificó a la Secretaría General de la OEA su decisión de denunciar la Carta, con lo que dio inicio al retiro definitivo y renuncia de Nicaragua a esta organización, también señalamos que Nicaragua no ha denunciado la Convención americana (de derechos humanos), por tanto, nuestra Corte sigue teniendo competencia respecto de ese país».

Pérez precisó que el régimen no ha cumplido ninguna de las resoluciones que emitió este organismo para proteger la vida de 88 personas que estaban privadas de su libertad en ocho centros penitenciarios del país.

Y explicó que las resoluciones se tomaron luego de que verificaron que los beneficiarios se encontraban sometidos a condiciones de extrema gravedad en detrimento de su salud y que fueron encarcelados y posteriormente condenados por razones políticas y de orden penal.

«Lo que la Corte viene a plantear en este caso es la solicitud de la aplicación de la garantía colectiva del artículo 65 de la Convención americana que señala que la Corte debe someter a consideración de la Asamblea General en cada periodo un informe anual en el cual de manera especial señalará los casos en que un estado no haya dado cumplimiento a sus fallos”, agregó Pérez.

Redacción/IPNicaragua

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