CSJ resolverá sobre cancelación de personería jurídica de CxL

Redacción / IP Nicaragua 

El Tribunal de Apelaciones de Managua admitió el Recurso de Amparo interpuesto el pasado 1 de septiembre por el partido Ciudadanos por la Libertad (CxL) en contra de los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), por la cancelación «arbitraria» de su personalidad jurídica, pero remite caso a la Corte Suprema de Justicia para que se pronuncie sobre el fondo del asunto.

«Considera la Sala que el presente recurso reúne los requisitos de forma establecidos en el artículo 49 de la vigente Ley 983, Ley de Justicia Constitucional, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 247 del veinte de diciembre del año dos mil dieciocho, por lo que cabe admitirse a trámite», señala la resolución del 9 de septiembre que fue notificada a CxL.

El 6 de agosto de 2021, en cuestión de horas el CSE resolvió anular la personería jurídica de CxL a petición del Partido Liberal Constitucionalista (PLC). Ciudadanos por la Libertad era considerado la única vía que podía agrupar a la oposición para las elecciones generales de noviembre del 2021 en Nicaragua.

Envían trámite a CSJ

No obstante, la resolución del Tribunal de Apelaciones refiere que sobre la petición de CxL con relación a la «suspensión del acto», deben ser los magistrados de la Corte Suprema de Justicia quienes resuelvan sobre ese asunto.

María Haydeé Osuna, presidenta del PLC, solicitó al Consejo Supremo Electoral la solicitud contra Ciudadanos por la Libertad.

“En relación a la petición de suspensión del acto, no ha lugar a la misma, por cuanto el acto recurrido es materia de fondo sobre lo que ha de resolver la sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia”, refiere la notificación recibida por CxL.

Con esa decisión se «mantiene vigente» la resolución del Consejo Supremo Electoral hasta que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emita la resolución definitiva sobre el recurso, informó en una nota de prensa el partido opositor.

«Estamos convencidos de que la cancelación de nuestra personalidad jurídica carece de sustento jurídico y fáctico y que fue realizada en violación al debido proceso», dijo Kitty Monterrey, presidenta de CxL.

No hay pruebas

Según el partido CxL, el CSE atendió la denuncia de la representante nacional del PLC María Haydeé Osuna y tomó una decisión «sin adjuntar ningún elemento probatorio», de igual manera ocurre con el caso de Kitty Monterrey, presidenta del partido eliminado de la contienda electoral a quien le fue retirada la cédula nicaragüense.

«Un proceso que se realizó de forma secreta, duró tres horas y sin siquiera notificar al partido afectado sobre la denuncia, violentando la Ley Electoral que establece en su artículo 56 el procedimiento legal que garantiza el debido proceso en la cancelación de la personalidad jurídica de un partido político», añadió CxL.

El partido CxL señaló que el CSE al omitir el procedimiento legal y dejar en la «indefensión al partido afectado, violentó las garantías del debido proceso establecidas en el artículo 34 de la Constitución Política».

 

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