CSE aprueba Reglamento de Ética Electoral en medio de un clima de violencia política

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Redacción / IP Nicaragua

En medio del agravamiento de la violencia política que se vive en los territorios, el Consejo Supremo Electoral (CSE) aprobó el Reglamento de Ética Electoral que regirá las elecciones municipales.

El CSE publicó este lunes, en La Gaceta, diario oficial, el Reglamento de Ética Electoral que regulará la campaña electoral de los comicios del próximo 6 de noviembre.

La publicación se da el mismo día que el observatorio Urnas Abiertas denunció un “agravamiento de la violencia política”.

“Alertamos sobre el agravamiento de violencia política que enfrenta la población de Bluefields desde el pasado 6 de septiembre. La Policía Nacional en alianza con las estructuras partidarias del FSLN, incrementaron la persecución contra personas opositoras”, denunció Urnas Abiertas.

Este mismo lunes se reportó la detención de algunos miembros del partido Unión Democrática Renovadora (Unamos) en la ciudad de León.

La semana pasada, el líder campesino y miembro Unamos del municipio de Nueva Guinea, Raúl Oporta, fue secuestrado durante un operativo policial.

CSE regula actividades

En medio de ese contexto, el CSE avanza con el cuestionado proceso electoral 2022.

El reglamento contiene las normativas en las que se debe desarrollar el proceso electoral de los comicios municipales este año, reiterando el mismo sistema de las elecciones presidenciales de 2021.

El Reglamento de Ética Electoral, que contiene 11 artículos, regula “el ejercicio de las actividades que desarrollarán las organizaciones políticas» en los comicios.

El CSE advierte que se debe garantizar el cumplimento de los principios constitucionales a la Ley Electoral, instrumento jurídico que se reformó a beneficio del partido Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN).

Otras normas jurídicas que menciona es la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros (No.1044), y la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz que han estado estrechamente vinculadas a desarticular a la oposición y encarcelar cualquier vos disidente.

Partidos y alianzas políticas sujetos a cumplir el reglamento

El artículo 2 especifica que «están sujetos al presente reglamento: todos los partidos políticos o alianzas de partidos políticos participantes, dirigentes, candidatos, candidatas, fiscales miembros y activistas y/o compañeros electorales».

Mientras que el artículo 3, citan las normas éticas y comportamiento «cívico» que deberá prevalecer en el proceso.

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El artículo 4, insta a los dirigentes, miembros de partidos y alianzas políticas, sus representantes legales y de campaña; los candidatos y candidatas, así como las autoridades y ciudadanía en general, a prosperar la propaganda electoral;por lo tanto prohíben «dañar, mancharse rotular, fragmentar, destruir la propaganda electoral» etcétera.

Control sobre campaña electoral

Toda propaganda impresa y difundida por cualquier medio de comunicación escrita, radial o televisiva deberá expresar el origen del financiamiento, conteniendo la identificación del partido o alianza de partido político o de personas naturales y jurídicas.

Advierten que comete delitos electorales toda persona nacional o extranjera que propugne y/o promueva:

a) Cualquier acto ilegal que atente contra la existencia del Estado nicaragüense y sus instituciones.

b) Las pretensiones de expansión de cualquier Estado sobre espacios territoriales, recursos materias y recursos naturales con que cuenta el país.

c) Las actividades de la narcoactividad, de la delincuencia organizada nacional o transnacional e ilícitos conexos.

d) El ingreso y expansión de las organizaciones criminales y pandillas.

e) El terrorismo internacional y todo acto de financiamiento de acciones y organizaciones terroristas, entre otras.

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