Las pruebas miden la concentración de distintos tipos de anticuerpos en la sangre.
Voz de América
El Ministerio de Salud de Costa Rica dio a conocer el miércoles, que cinco laboratorios han recibido el aval para la adquisición de pruebas de anticuerpos contra el SARS-CoV-2. Estas instalaciones son las que hasta la fecha han cumplido con lo establecido en los lineamientos para el uso de dichas pruebas serológicas.
A los laboratorios se les ha autorizado la importación de pruebas de las empresas fabricantes Abbott y Snibe Inc.
De acuerdo con un comunicado de prensa emitido por la institución, los laboratorios que cuentan con la autorización son Echandi, Hospital Clínica Bíblica, Hospital la Católica, Hospital Cima y el Laboratorio Labin. Además, se aprobaron “los registros sanitarios de pruebas de anticuerpos de los laboratorios Roche y BioMérieux S.A. en el país, los distribuidores para comercializar dichas pruebas de inmunoglobulinas son Equitron S.A para Roche, y Tecno Diagnóstica S.A. para BioMérieux”.
Las pruebas miden la concentración de distintos tipos de anticuerpos en la sangre, permitiendo identificar si una persona ha estado expuesta con anterioridad al virus que produce el COVID-19 y por ende desarrolló anticuerpos.
El ministerio detalló que hasta el momento los únicos estudios autorizados que derivan de las pruebas de anticuerpos son limitados, como la investigación biomédica (observacionales, investigación clínica) estudios de respuesta inmunológica a vacunas contra la covid, evaluación de la respuesta inmunológica de personas que se han recuperado del virus para el proceso de donación y recepción de plasma convaleciente terapéutico.
Además, para el diagnóstico de situaciones médicas especiales donde los pacientes presentan complicaciones tardías por coronavirus como el síndrome inflamatorio multisistémico en niños y adolescentes (MISC, por sus siglas en idioma inglés) o síndrome de Guillain-Barré (SGB).
La institución de salud también explicó que dichas pruebas no pueden ser usadas para diagnosticar el COVID-19 y “no podrán ser usadas para autorizar la entrada o salida de personas al país a través de cualquiera de las fronteras. Además, los resultados de estas pruebas no deben ser utilizados para definir acciones laborales como ingreso, reingreso, salida, contrataciones, despidos, apertura o cierre de los centros de trabajo y estudio”.
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